La exclusión de la cesión de crédito litigioso del control de abusividad de las cláusulas contractuales

«La exclusión de la cesión de crédito litigioso del control de abusividad de las cláusulas contractuales»

Publicado en SEPÍN: Estudios sobre Jurisprudencia Europea. Materiales del IV Encuentro anual del Centro español del European Law Institute.

 

Resumen

La cesión de créditos, como mecanismo que permite tanto transferencias sencillas como complejas operaciones financieras, tiene un indudable interés en el ámbito nacional y comunitario. La legalidad de su venta cuando son litigiosos, y la facultad de su extinción por el deudor, ex artículo 1.535 CC, no empece su carácter controvertido cuando es por precio exiguo en el marco de un procedimiento de ejecución que no contempla un cauce para ejercitar esa facultad legal. Excluida por el TJUE la posibilidad de resolver el problema desde el punto de vista de las «prácticas comerciales» y su conexión con la «abusividad» de cláusulas contractuales, dado que la Directiva 93/13 excluye su aplicación a disposiciones legales o reglamentarias imperativas, la responsabilidad de proporcionar ese cauce corresponde al legislador nacional, en beneficio del interés del deudor y de la entera sociedad, frente al interés particular en la expectativa de un beneficio especulativo del cesionario.

Palabras clave

Cesión de créditos, compraventa, crédito litigioso, cláusulas abusivas, extinción

 

Abstract

Transfer of claims, as a mechanism allowing from simple transfers to complex financial transactions, is undoubtedly of interest at national and European level. The lawfulness of such sale when claims are subject to litigation, and the debtor’s right to discharge them, ex article 1.535 Spanish Civil Code, do not prevent its controversial nature when in exchange of an exiguous price within the framework of an enforcement court proceeding which does not provide for a channel to exercise such legal right. The CJEU excluded the possibility of resolving the problem from the “customary business practices” point of view and its connection with the “unfair nature” of contractual terms since Directive 93/13 excluded its application to mandatory statutory or regulatory provisions. Therefore, the Member State legislator is the sole responsible for providing for such channel in the best interest of the debtor and of the public as a whole, facing private interests expecting speculative gains by the transferee.

 Keyword

Transfer of claims, trading, claims subject to litigation, unfair terms/abusive clauses, discharge

Sentencia objeto de comentario.

STJUE, Banco Santander, S.A. c. Mohamadou Demba y Mercedes Godoy Bonet, y Rafael Ramón Escobedo Cortés c. Banco de Sabadell, S.A., asuntos acumulados C-96/16 y C-94/17, 7 de agosto de 2018.

SUMARIO: 1. Introducción. 2. Resumen y fallo de la sentencia. 3. Sobre el contrato de cesión de créditos y la cesión de créditos litigiosos. Estado de la cuestión. 3.1 Sobre el contrato de cesión de créditos. 3.2 Sobre la cesión de créditos litigiosos. 4. Sobre «prácticas comerciales» y «cláusulas contractuales abusivas» en el ámbito de la Unión, e incidencia en la necesaria reforma de la LEC. 5. Conclusiones.