Acerca de la caducidad de la acción de nulidad de los Swaps en la jurisprudencial del Tribunal Supremo. ¿Un salto en el vacío?
ACERCA DE LA CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE NULIDAD DE LOS SWAPS
EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO.
¿UN SALTO EN EL VACIO?
Artículo publicado en la sección de doctrina del Diario La Ley.
Por
José Ignacio Martínez Pallarés
Doctorando en Derecho en la Universidad de Murcia
Abogado
RESUMEN: Consolidada la doctrina sobre la nulidad de los contratos de swaps por error vicio del consentimiento, se produce un salto en el vacío del Tribunal Supremo al identificar el día en que el cliente debió salir del error con el de la primera liquidación negativa, en aplicación de una doctrina elaborada por el mismo Tribunal para supuestos completamente distintos, salvo por la complejidad, como son determinados contratos bancarios, financieros y de inversión de tracto único y duración indefinida.