Dice la Exposición de Motivos de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil que el derecho de todos a una tutela judicial efectiva, expresado en el artículo 24.1 CE, coincide con el anhelo y la necesidad social de una Justicia civil efectiva, lo que significa plenitud de garantías procesales y, a la vez, una respuesta judicial más pronta, más cercana en el tiempo a las demandas de tutela, y con mayor capacidad de transformación real de las cosas. En relación con esa… Leer más →
Dice la exposición de motivos de la Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil (LEC), en su apartado I, que “El derecho de todos a una tutela judicial efectiva, expresado en el artículo 24.1 CE, coincide con el anhelo y la necesidad social de una Justicia civil nueva, caracterizada por la efectividad….Justicia civil efectiva significa, por consustancial al concepto de Justicia, plenitud de garantías procesales. Pero tiene que significar, a la vez, una respuesta judicial más pronta, mucho más… Leer más →