Establece el artículo 18.3 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) que la acción para impugnar antes los tribunales los acuerdos adoptados en una Junta propietarios caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta, salvo que se trate de actos contrarios a la Ley o a los estatutos en cuyo caso la acción caducará al año, y es jurisprudencia constante la que declara que los plazos para el ejercicio de la acción de impugnación de acuerdos… Leer más →
El art. 48. Ter de la Ley Concursal permite al Juez del concurso de acreedores, de oficio o a solicitud razonada de la administración concursal, ordenar el embargo preventivo de bienes y derechos de los administradores de hecho o de derecho de la concursada, y de quienes hubieran tenido dicha condición dentro de los dos años anteriores a la declaración. Se trata de un régimen cautelar de garantía, que la misma Exposición de Motivos de la Ley Concursal (III) califica… Leer más →
La prueba de dictamen de perito, o prueba pericial, regulada en los arts. 335 a 352 LEC, y a la que ya me he referido en otras ocasiones al tratar el juramento o promesa a que se refiere el art. 335.2 LEC, y las facultades y extralimitaciones judiciales respecto de la misma, es uno de los medios ordinarios de prueba que pueden ser usados en juicio por las partes (art. 299.1.4º LEC), y es un medio peculiar, tanto por el… Leer más →
La crisis de la economía española, por la concurrencia de varias causas, crisis financiera y económica nacional e internacional, recesión económica y sobreendeudamiento de muchos países de la zona euro (entre ellos España), el exceso de oferta y la hipervaloración de los inmuebles – la burbuja inmobiliaria – sostenidas durante años por una política de dinero barato para sostener, artificialmente, la economía, impulsando un mercado crediticio en continua expansión que ha contribuido a un irresponsable endeudamiento, unido a un fuerte… Leer más →
Entre los órganos de gobierno de una comunidad de propietarios, que se relacionan en el art. 13.1 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), está el Presidente que, según el apartado 3 del mismo precepto, “…ostentará legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten.” La cuestión que se plantea es si dicho cargo – que no suele ser de gusto, y por eso la Ley (art. 13.2 LPH) prevé… Leer más →
La prueba de dictamen de perito, o prueba pericial – regulada en los artículos 335 a 352 LEC – (a la que ya me referí en otra ocasión en relación con el juramento o promesa a que se refiere el art. 335.2 LEC), es uno de los medios ordinarios de prueba que pueden ser usados en juicio por las partes (art. 299.1.4º LEC), un medio peculiar, tanto por el sujeto que la lleva a efecto, el perito, que es un… Leer más →
Tras referirse el art. 335 LEC a aquellos casos en que se puede aportar o solicitar una prueba pericial [“1. Cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos”] establece el mismo precepto que “2. Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración… Leer más →
Me refería en una entrada anterior al requerimiento realizado a una comunidad de propietarios para la subsanación del defecto de no haber presentado el modelo 696 de autoliquidación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional que, introducida en los órdenes civil y contencioso-administrativo por la Ley 53/2002 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (art. 35), tras la Ley 4/2011 de 24 de marzo incluía como hecho imponible la presentación inicial del… Leer más →
No se puede confundir y hay que diferenciar, por ser conceptos distintos, entre la denominada «legitimatio ad procesum» consistente en la capacidad para ser parte procesal, es decir, la capacidad que es necesario ostentar para ser sujeto de una relación procesal y poder realizar actos procésales válidos y con eficacia jurídica, y la «legitimatio ad causam», que se refiere a la «falta de titularidad del derecho de acción», la cual está relacionada con la pretensión que se ha formulado en… Leer más →
La ejecución de las obligaciones de hacer viene regulada por los arts. 705 a 709 LEC, el primero de los cuales establece que “Si el título ejecutivo obliga a hacer alguna cosa, el tribunal requerirá al deudor para que la haga dentro de un plazo que fijará según la naturaleza del hacer y las circunstancias que concurran.”, distinguiendo a continuación, para el caso de que no se lleve a efecto en el plazo otorgado, entre las obligaciones de hacer según… Leer más →