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Descripción de proyecto

Derecho Inmobiliario

Derecho-inmobiliario

Compraventas y permutas

Le ayudamos con todo lo relacionado con la adquisición o venta, o permuta, de la propiedad inmobiliaria:

  • Redacción o revisión de contratos, de compraventa, permuta, opciones de compra, etc., comprobación de titularidad y cargas, revisión de la minuta notarial, incluyendo en su caso la oferta vinculante y/o minuta notarial de la hipoteca.
  • Exigencia de responsabilidades por vicios ocultos.
  • Incumplimiento y resolución de contratos.
  • Reclamación de cantidades anticipadas a cuenta.
  • Etc.

Conocimiento y experiencia se aúnan para ofrecer el mejor asesoramiento y la mejor defensa posible de sus intereses.

Arrendamientos urbanos

Si es Ud. propietario o inquilino de una vivienda o local comercial le ayudamos y asesoramos con todo lo relacionado con el arrendamiento de bienes inmuebles.

  • Redacción y revisión de contratos.
  • Reclamaciones por incumplimiento de obligaciones.
  • Desahucios por falta de pago.
  • Reclamaciones de renta.
  • Etc.

Conocimiento y experiencia se aúnan para ofrecer el mejor asesoramiento y la mejor defensa posible de sus intereses.

Declaración de dominio, y reivindicación de la propiedad

Si está en discusión la propiedad de un terreno, una parcela, una finca perfectamente delimitada; si no lo está y el terreno correspondiente a una finca aparece confundida o dentro de los lindes de otra finca, si su finca ha desaparecido o se ve mermada por excesos de cabida de fincas colindantes, somos sus abogados.

  • Acciones declarativas de dominio, que se refieren a la declaración judicial de que la propiedad pertenece a quien la demanda.
  • Acciones reivindicatorias, en las que se reclama la entrega de la cosa que pertenece, y que se haya en poder de un tercero al que no pertenece.

Contamos con el conocimiento preciso en esta área del Derecho, la experiencia de muchos años en su defensa ante los tribunales, y los mejores especialistas – ingenieros agrónomos, topógrafos – que nos permitirán asumir la defensa o reclamación de sus derechos en las mejores condiciones.

Tutela sumaria de la posesión (antiguos interdictos)

La posesión de un terreno, de una finca, de un camino, de las vistas…. al margen de a quién pueda pertenecer la propiedad,  o de si existe o no un derecho de servidumbre, es una situación de hecho que merece la tutela de nuestros tribunales, que no permiten que se perturbe por terceros. A veces la perturbación de la situación de hecho procede de la realización de  una obra nueva, o de la situación de ruina de una edificación. Defensa y reclamación:

  • Juicios verbales para recobrar o retener la posesión.
  • Juicios verbales para la suspensión de obra nueva.
  • Juicios verbales para la demolición de  edificios u objetos ruinosos.

Se reclama o defiende la situación de hecho, no el derecho, por lo que el plazo para el ejercicio de este tipo de acciones es muy breve: 1 año .

Le asesoramos sobre la viabilidad de la defensa o reclamación en este tipo de procesos, y asumimos esa defensa y reclamación con toda la prontitud que el caso requiere.

Servidumbres, y deslindes y amojonamientos

La servidumbre es un gravamen impuesto sobre un inmueble, en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño. Le asesoramos y defendemos en el ejercicio de las acciones encaminadas a declarar o a extinguir una servidumbre , o contra el ejercicio de hecho de una servidumbre sin que esta exista:

  • Servidumbre de aguas – acueducto – desagüe.
  • Servidumbre de luces y vistas.
  • Servidumbre de medianería.
  • Servidumbre de paso: acción de constitución o acción negatoria de servidumbre.
  • Extinción de servidumbres.

Conocimiento y experiencia se aúnan para ofrecer el mejor asesoramiento y la mejor defensa posible de sus intereses.

Expedientes de dominio

Le ayudamos y asesoramos en la tramitación del expediente de dominio necesario para inmatricular en el Registro de la Propiedad  fincas que no aparecen inscritas a nombre de terceras personas, y en caso de oposición reclamamos su derecho, agotadas las vías extrajudiciales, o demostrada la inviabilidad de las mismas, ante los juzgados y tribunales.

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